Corte Constitucional le exige al Gobierno garantizar agua potable para los niños wayuu en máximo tres meses

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La Corte Constitucional lanzó un nuevo llamado de atención al Gobierno Nacional por la crítica situación que enfrentan miles de niños wayuu en La Guajira. El alto tribunal advirtió que las medidas implementadas hasta ahora siguen siendo insuficientes y fijó un plazo de tres meses para avanzar en la garantía del derecho al agua potable para esta población.

Según la Corte, actualmente ocho de cada diez niños wayuu no tienen acceso al mínimo de agua potable necesario para cubrir sus necesidades básicas. Esto significa que cerca de 327.500 menores continúan expuestos a condiciones que ponen en riesgo su salud, alimentación y desarrollo. Además, el tribunal señaló que apenas uno de cada cinco niños recibe los 20 litros diarios de agua considerados como el mínimo para una vida digna.

Frente a este panorama, la Corte ordenó al Gobierno Nacional que, en un plazo máximo de tres meses, garantice que al menos el 66 % de los niños indígenas identificados tenga acceso efectivo a agua potable. La decisión hace parte del seguimiento a la Sentencia T-302 de 2017, mediante la cual se declaró un estado de cosas inconstitucional por la vulneración de los derechos de la niñez wayuu.

El alto tribunal también compulsó copias a la Fiscalía General de la Nación y a la Procuraduría General para que investiguen los presuntos incumplimientos relacionados con proyectos de infraestructura y abastecimiento de agua en el departamento. Para los magistrados, construir obras no es suficiente si estas no garantizan que las comunidades reciban agua de calidad de manera permanente.

Otro de los hallazgos que preocupó a la Corte es que el Estado aún no cuenta con un registro completo sobre el número de niños wayuu que requieren protección, especialmente en municipios como Manaure, Uribia y Maicao. Esta falta de información dificulta la implementación de políticas públicas y el seguimiento a las medidas ordenadas.

Durante el pronunciamiento, el presidente de la Corte, Carlos Camargo, también reveló que el Ministerio de Vivienda había solicitado reducir el estándar mínimo de consumo de agua de 20 litros a 5,3 litros diarios por persona, petición que fue rechazada por el tribunal al considerar que afectaría el derecho fundamental al agua de las comunidades indígenas.

La decisión revive el debate sobre la crisis humanitaria en La Guajira y sobre la necesidad de que las medidas para proteger a la niñez wayuu pasen de los anuncios a resultados concretos. Mientras tanto, las autoridades deberán demostrar avances en los próximos meses para cumplir con las órdenes impartidas por la Corte.